Información Ciudadana

Existen 851 concesiones analógicas que deben migrar a digital.

El Plan de Radiodifusión Televisiva ( PRT= Plan TVD) fue aprobado por la Contraloría General de la República, publicada en el Diario Oficial el 15 de abril de 2015.

Esto da inicio a un gran proceso de transformación desde la televisión analógica abierta y gratuita, hacia la televisión digital terrestre.

El primer proceso a realizar, es la migración de todos los canales VHF y UHF analógicos existentes, a canales digitales en banda UHF.

El plazo máximo para el envío por correo certificado al CNTV de la “Solicitud de Migración TVDT”, es el 13/07/2015.

Información Ciudadana

¿Qué facultad tiene el CNTV con relación a las concesiones de los canales de televisión?

El CNTV debe otorgar, modificar y poner término a las concesiones de radiodifusión televisiva de libre recepción. También le compete pronunciarse acerca de la transferencia, cesión, arrendamiento u otorgamiento del derecho de uso de la concesión de radiodifusión televisiva de libre recepción.

Las concesiones y cobertura en la Ley de Televisión Digital Terrestre

La nueva ley de televisión digital define dos tipos de concesiones: concesiones de radiodifusión televisiva con medios propios y concesiones de radiodifusión televisiva con medios de terceros.

Concesiones de radiodifusión televisiva con medios propios:

  • Duración de 20 años.
  • CNTV hace el llamado a concurso público a solicitud de un interesado.
  • El interesado debe especificar si su cobertura es nacional, regional, local o local de carácter comunitario.
  • El interesado deberá cumplir con todos los requisitos y documentación que exige el artículo 22 de la ley 18.838 (proyecto técnico, plan financiero, antecedentes legales, declaración de la orientación de los contenidos programáticos, otros).
  • Obtenida la concesión, deberá ofrecer el remanente no utilizado de su capacidad de transmisión.

Concesiones de radiodifusión televisiva con medios de terceros:

  • Duración de 5 años.
  • CNTV otorgará concesiones con medios de terceros en cualquier tiempo y sin concurso.
  • En la solicitud respectiva el interesado debe declarar expresamente que utilizará medios de terceros que cuentan con la capacidad para la transmisión de señales televisivas
  • El interesado debe especificar si su cobertura es nacional, regional, local o local de carácter comunitario.
  • Deberá cumplir con todos los requisitos y documentación que exija el CNTV.

Cobertura

Los concesionarios de radiodifusión televisiva de libre recepción podrán ser de cobertura:

Nacional:

  • Presencia en más del 50% de las regiones del país.
  • Es requisito esencial que transmitan su señal principal con una calidad de alta definición (HD).

Regional:

  • Presencia en una o más regiones, pero en no más del 50% de las regiones del país.
  • En caso de presencia en sólo una región: alcance efectivo igual o superior al 25% de la población, o, cobertura igual o superior al 50% de las comunas de la región.

Locales:

  • Presencia en sólo una región. Alcance efectivo inferior al 25% de la población de la Región, y con una cobertura inferior al 50% de las comunas de dicha región.

Locales de carácter comunitario:

  • Dentro de los márgenes de presencia establecidos para los concesionarios de cobertura local, no podrán formar cadenas ni redes de manera permanente.
¿Cómo obtener una concesión UHF digital nueva sin ser concesionario, una vez aprobado el plan TVD?

• Llenar solicitud publicada en página WEB CNTV.
• Enviar solicitud al CNTV.
• Leer la publicación de las Bases del Concurso del CNTV.
• Desarrollar proyecto técnico según Bases y Formularios.
• Entregar en el CNTV Antecedentes Legales y formulario único exigido por CNTV y SUBTEL.

Descargas