CNTV aplica multa de 100 UTM a Canal 13 por caso de culebra en “Año Cero”
La unanimidad de los consejeros presentes estimaron que se vulneró el principio del correcto funcionamiento de los servicios de televisión, en lo que a la protección del medio ambiente se refiere.
Por otro lado, se acordó formular cargos a La Red, UCVTV y Mega por la cobertura del incidente entre Edmundo Varas y Max Mellado en los espacios dedicados a contenidos de farándula.
También se convino formular cargos a los operadores VTR, Directv, Tú Ves, Telefónica y Claro, por la transmisión a través de la señal Space, de película con contenido de violencia inapropiado para menores.
Luego de analizar las 80 denuncias ciudadanas recibidas contra Canal 13 por la exhibición, los días 13 y 14 de enero de 2011, de una secuencia en la que los participantes del reality show "Año 0" sacrificaron, asaron y comieron "culebras de cola larga, el Consejo Nacional de Televisión, por la unanimidad de los consejeros presentes, decidió aplicar a Canal 13 una multa de 100 UTM.
Según consta en el acta de la sesión de Consejo del 9 de mayo, "el sacrificio de "culebras de cola larga" en las emisiones fiscalizadas, importa un flagrante incumplimiento a la obligación que tiene la concesionaria de observar permanentemente, a través de su programación, el debido respeto al principio del correcto funcionamiento de los servicios de televisión, en lo que a la protección del medioambiente, se refiere". La culebra de cola larga, es una especie animal protegida en Chile.
FORMULACIONES DE CARGOS POR CASO EDMUNDO VARAS
En la misma sesión se determinó formular cargos a UCV-TV por la cobertura del incidente entre Edmundo Varas y Max Mellado el pasado 14 de febrero. En un contacto telefónico con el programa "En Portada" fueron transmitidos por más de cuatro minutos expresiones de grueso calibre. En este contexto y según consta en el acta de sesión, el Consejo determinó que "por los modelos de conducta y relaciones interpersonales que ellos muestran y difunden, pueden ser estimados como inadecuados para ser visionados por menores".
Así también se formularon cargos al mismo espacio por el capítulo emitido el día posterior a la pelea, el 15 de febrero de 2011, en que se comentaron los hechos. Esta cobertura presentó una "evidente inobservancia al respeto debido a la formación espiritual e intelectual de la niñez y la juventud". Por la cobertura del mismo episodio en el programa "Intrusos" y "Mira Quién Habla" se formularon también cargos a Red TV y Mega respectivamente.
A su vez, a raíz de una denuncia ciudadana se formularon cargos Red TV por la emisión en el programa "Intrusos" del día 10 de febrero de una nota referida a un intento de agresión de Edmundo Varas a un reportero del programa. Esto, al tratase de un modelo de conducta inapropiado para menores de edad, vulneraría el respeto debido a la formación espiritual e intelectual de la niñez y la juventud.
OTRAS FORMULACIONES DE CARGOS
La exhibición de la imagen de una menor de edad sin la pertinente autorización del su titular de su tuición en el programa "Mira Quién Habla", el día 10 de noviembre de 2010, fue considerado por el Consejo como constitutivo de infracción al respeto debido a la dignidad de las personas por "el contexto de la presentación en pantalla del conflicto familiar que sostienen sus progenitores". Es entonces, por quebrantar al artículo 1º de la Ley Nº18.838, que el Consejo determinó formular cargos a Mega.
Por la exhibición de publicidad de bebidas alcohólicas, a través de la señal TV Red, los días 5, 7 y 9 de noviembre de 2010, "en horario para todo espectador", el Consejo determinó formular cargos a TV Red S.A. (Punta Arenas). Al mismo tiempo, se determinó acoger los descargos presentados por Sanhueza Hermanos Limitada, Canal 4 (Punta Arenas), y absolverla del cargo contra ella formulado por el mismo motivo.
La mayoría de los consejeros presentes acordaron acoger los descargos presentados por La Red, y absolver a dicha estación del cargo formulado por supuesta infracción al artículo 1º de la Ley Nº 18.838, al emitir el día 19 de Diciembre de 2010, en el programa "Cada día Mejor", diálogos inapropiados para menores de edad en horario para todo espectador.
En la misma sesión de Consejo, se determinó formular cargos a VTR, Directv y Telefónica por la exhibición, a través de la señal MGM, de la película "Mátame Suavemente", el día 28 de enero de 2011, en "horario para todo espectador", no obstante su calificación "para mayores de 18 años". Por el mismo motivo en cuanto a la exhibición de la película "Undertow" el día 21 de enero de 2011 a través de la señal MGM, se acordó formular cargo a los operadores VTR, Directv y Telefónica.
El Consejo acordó formular cargos a los operadores VTR, Directv, Tú Ves, Telefónica y Claro, por la transmisión, a través de la señal Space, de la película "Obsesión: la marca del asesino", el día 19 de enero de 2011, infringiendo así el artículo 2º de las Normas Especiales sobre Contenidos de las Emisiones de Televisión al ser su contenido de violencia inapropiado para ser visionado por menores.
CONCESIONES
El Consejo Nacional de Televisión, cumplidos los trámites establecidos en la ley, acordó modificar definitivamente, por cambio de titular, las concesiones de radiodifusión televisiva de libre recepción, en la banda VHF, para las diversas localidades a lo largo del país, otorgada a la Universidad Católica de Chile Corporación de Televisión, transferida a Canal 13 SpA.
También por cambio de titular se acordó modificar definitivamente, las concesiones de radiodifusión televisiva de libre recepción, en la banda UHF, para las localidades de Valparaíso y Viña del Mar; Concepción; y Temuco a Consorcio Televisivo S. A.
Por último, la unanimidad de los señores Consejeros presentes, determinaron autorizar la modificación de la concesión de radiodifusión televisiva, banda VHF, en la localidad de Chaitén, X Región, a Red de Televisión Chilevisión S. A. en el sentido de ampliar, en 30 días el plazo de inicio de servicios originalmente establecido.



